Ordenanza general Nº 100

Déjese sin efecto, a partir del 1º de enero de 1976, el gravamen que en concepto de registro de Firmas para Profesionales de la ingeniería, fijan las respectivas Ordenanzas Impositivas Anuales.

En todas las actuaciones que intervengan profesionales de ingeniería, las municipalidades deberán exigir el cumplimiento de las disposiciones del decreto numero 5042/65 y demás normas que reglamentan el ejercicio profesional en la provincia de Buenos Aires.

SAINT JEAN
Pellejero